Sueldo Anual Complementario, también llamado Aguinaldo

El sueldo anual complementario (SAC ) está regulado en los arts. 121 a 123 de la LCT.
¿Cuánto corresponde cobrar por aguinaldo?
La ley establece que el aguinaldo se cobra en dos veces. Así hablamos de medio aguinaldo. El monto del SAC es la doceava parte del mejor sueldo devengado durante los seis meses anteriores.
Sólo se toman en cuenta los conceptos remunerativos, es decir lo abonado al trabajador como contraprestación de su trabajo.
¿Cuándo se cobra el aguinaldo?
Como adelantamos el aguinaldo, un rubro salarial de tipo anual se desdobla en dos. La primer cuota de SAC debe abonarse el 30/6 de cada año. La segunda el día 18/12 de cada año.
¿Se cobra aguinaldo si hay finalización del vinculo de trabajo?
En caso de extinción de la relación laboral, el empleador está obligado a pagar la doceava parte de las remuneraciones del semestre trabajado al cuarto día hábil del fin del contrato.
Situación de emergencia por COVID-19
En la situación imperante, signada por suspensiones y pago de compensaciones no remunerativas previstas por el 223 bis LCT, estas compensaciones no serán tomadas en cuenta para liquidar el SAC salvo que el trabajador haya prestado servicios en forma remota o presencial.
En la mayoría de los casos, el trabajador no aceptó de manera individual la suspensión del empleador, firmando un convenio. Ello así, podría reclamar la remuneración integra y el aguinaldo completo (art. 40 LCT -trabajo prohibido-, DNU 329/20 decreto que establece el aislamiento obligatorio, art. 7 LCT -progresividad, art 12- irrenunciabilidad)
Si bien el gobierno no establece ayuda subsidios para que los empleadores cumplan con el pago de aguinaldo (ATP), los empleadores están obligados al pago del mismo.
