¿Cuánto pueden embargar el sueldo?

El valor del salario mínimo, vital y móvil (SMVM) es inembargable salvo deudas de alimentos (dentro de los límites que permitan la subsistencia del alimentante).

Por ejemplo si tomamos el SMVM vigente desde octubre que es $16.875, esa suma $16.875 del sueldo no puede ser atacado.

Si el sueldo es mayor al SMVM se puede embargar un porcentaje, hay que diferenciar dos casos.

Sueldo igual o menor a dos SMVM% 10 de lo que supere el SMVM
Sueldo mayor a dos SMVM% 20 de lo que supere el SMVM

El embargo se hace mediante un oficio judicial al empleador quien tendrá que realizar la retención o embargo.

El empleador deberá poner en conocimiento del trabajador la medida ordenada dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas debiendo entregar copia de la resolución judicial que lo ordene.